La Dirección General de Turismo de la Generalitat de Cataluña está elaborando el Proyecto de Decreto del Reglamento de Turismo de Cataluña y ha sometido a consulta pública el último borrador del texto. Se dispone hasta el 15 de septiembre para realizar comentarios al mismo.
La Generalitat publicó el proyecto de ley los últimos días de juliol mediante un edicto
Las primeras críticas llovieron por las formas, dando un plazo de 15 días para comentarios en período vacacional. El autor del tweet es Albert Arias, director del Plan Estratégico de Turismo de Barcelona 2016-2020.
Quinze dies a l'agost per fer al·legacions al projecte de reglament de Turisme. Con estivalidad y alevosia. Tela.https://t.co/F4EuBhy1QB
— Albert Arias (@albertarias_) August 1, 2016
Con esta y otras protestas se consiguió ampliar el plazo de reacciones hasta el 15 de septiembre.
Desde Airbnb
Aunque desde Hosteltour anunciaban que «Aribnb se frota las manos: Cataluña legalizará el aqlquiler de habitaciones», parece que no es el caso.
En una entrada en inglés/castellano/catalán en su blog de política pública, Airbnb defiende que «El proyecto de decreto de turismo supone un retroceso en Catalunya»
Según Airbnb, si bien el texto reconoce el home sharing y nuevas formas de alojamiento, éste constituye un retroceso que, por diferentes motivos:
1) El decreto contradice el trabajo realizado por la propia Generalitat para desarrollar una nueva normativa para la economía colaborativa y su apuesta por la innovación, que fue muy bien acogida en Catalunya.
2) No distingue entre operadores profesionales y no profesionales. Las familias de clase media que comparten sus hogares de forma ocasional serán tratados del mismo modo que los operadores comerciales y estarán sujetos a normas arcaicas diseñadas para una industria diferente, incluyendo un complejo sistema de registro, que favorece a los operadores comerciales y perjudica a las familias de clase media y las soluciones que éstas aportan.
3) No tiene en cuenta los consejos de expertos sobre la regulación de la economía colaborativa. El decreto no presta atención a los llamamientos de la Comisión Europea para prestar más apoyo a la economía colaborativa, a los informes de las autoridades de la competencia solicitando nuevas regulaciones que impulsen las oportunidades económicas para los ciudadanos de a pie, y al compromiso de la Generalitat de ayudar a las familias de clase media a que se beneficien de la economía colaborativa.
Desde Sharing España
Sharing España, en un análisis de carácter técnico que ha circulado por correo, se han destacado los siguientes puntos del proyecto de Decreto:
- Se considera vivienda de uso turístico toda aquella que se cede a terceros a cambio de una contraprestación económica y de forma reiterada, en condiciones de disponibilidad inmediata. El Decreto considera habitual cuando la vivienda se cede dos o más veces a lo largo del año.
- El Decreto incorpora la regulación existente de las viviendas de uso turístico y añade la posibilidad de poner a disposición de los turistas también la vivienda por habitaciones. En el caso de las habitaciones, deberán contar también con la cédula de habitabilidad, no se podrán poner a disposición de los turistas más de dos habitaciones de la vivienda y únicamente se podrá servir desayuno.
- Igualmente, el Decreto impone la necesidad de que las viviendas de uso turístico, ya se pongan a disposición de los turistas de forma íntegra o por habitaciones, cuenten con el correspondiente distintivo en el exterior, ubicado en un lugar visible. Para ambos casos se mantiene el requisito de inscripción previa en el Registro de Turismo de Cataluña así como la presentación de la declaración responsable que, como ya resaltó la CNMC en las páginas 82 a 85 de sus conclusiones preliminares sobre economía colaborativa, está configurado como un régimen de autorización administrativa de facto.
- Se establece la responsabilidad de los intermediarios del alojamiento turístico: “(…) prestador de servicios de la sociedad de la información que, directa o indirectamente y en cualquier grado de participación, colaboración o patrocinio realiza a título oneroso cualquiera de las siguientes actividades para empresas y establecimientos de alojamiento turístico sitos en Cataluña:
- Hacer publicidad y participar en su elaboración.
- Presentar ofertas, promocionar o participar en el mercado en base a información proporcionada por la persona que pretende explotar el alojamiento.
- Facilitar el contacto entre comprador y vendedor.
- Facilitar la contratación y la comercialización.
- Realizar reservas o realizar la gestión del alojamiento.
- Los intermediarios deberán tener un domicilio en Cataluña u otra Comunidad Autónoma, en el caso de que ejerzan su actividad desde otro Estado Miembro de la Unión Europea o hacer constar el número de registro de la vivienda de uso turístico, entre otras obligaciones de la misma naturaleza.
Desde el Ayuntamiento de Barcelona
No ha habido reacción oficial desde el Ayuntamiento de Barcelona. En todo caso con las recientes acciones y anuncios por Twitter dejan claro que el posicionamiento del Ayuntamiento no coincide con el de la Generalitat. Más detalles en esta notícia: Colau amenaza con más multas a Airbnb y ordena cerrar 256 pisos turísticos ilegales
Ordenarem el tancament de 256 habitatges d’ús turístic (HUT) il·legals de la ciutat gràcies al pla de xoc.https://t.co/MNqqCX1z2A
— Ajuntament de BCN (@bcn_ajuntament) August 10, 2016
Hem obert un expedient sancionador de 30.000€ a Airbnb i Homeaway. Si segueixen les infraccions, les sancions poden ser de fins a 600.000€.
— Ajuntament de BCN (@bcn_ajuntament) August 10, 2016
Y nuestros 5 céntimos
Esta claro que estamos frente a un «wicked problem» que dirían los anglosajones.
Yo lo que personalmente echo de menos en todo este inicio del proceso de regulación de la economía colaborativa son 3 cosas muy básicas en el siglo XXI:
1) Transparencia. Excepto la Comisión de Estudio de la Economía Colaborativa del Parlament de la Generalitat (que está 100% disponible en vídeo y en abierto), el resto de procesos de deliberación y estudio que han llevado a propuestas de normativa han sido entre bambalinas. Con ejemplos de procesos transparentes para regular la economía colaborativa en Estados Unidos, América Latina y Asia… ¿no podemos regular de manera más transparente y documentada?
2) Al ciudadano. El protagonista de todo esto, el ciudadano, ha tenido nula o casi nula participación en estos procesos. Tanto el ciudadano que quiere alquilar su casa como el ciudadano que sufre molestias directas o indirectas por estas actividades. Aún con ejemplos como Decidim.Barcelona seguimos con una administración de corte paternalista . Lectura recomendada para los políticos del siglo XXI: Hacktivismo de Santiago Siri.
3) Datos, datos, datos. Estas plataformas generar una cantidad de datos que pueden y deber ser usados para su regulación. Nadie lo explica mejor que Nick Grossman: Here’s the solution to the Uber and Airbnb problems — and no one will like it
Este será uno de estos posts que se podrán recuperar en unos años y ver qué ha pasado.
La opinión de la Autoritat Catalana de la Competencia http://acco.gencat.cat/web/.content/80_acco/documents/arxius/actuacions/IR-24-2016-Nou-Avantprojecte-decret-de-reglament-de-turisme_DEF_es.pdf
Ahora los comentarios de ADigital –> http://www.sharingespana.es/alegaciones-adigital-al-proyecto-decreto-reglamento-turismo-cataluna/